La mayoría de los casos de bebés robados deberán ser archivados
 
  
     
  José Yoldi. El País, 04-03-2012 - 11 marzo 2012
Un jarro de agua helada sobre la esperanza. La sentencia del Supremo 
por la que se ha absuelto a Garzón de haber intentado investigar los 
crímenes del franquismo viene con daños colaterales, aunque las víctimas
 que se va a cobrar todavía no lo saben.
Seguro que han leído en este periódico la serie Vidas robadas y han 
visto en los telediarios las investigaciones sobre sustracciones de 
bebés. Pues bien, la mayoría de las investigaciones sobre esos robos de 
niños deberán ser archivadas, de acuerdo con la doctrina sentada por la 
citada sentencia.
El alto tribunal ha establecido que la ley española no permite 
juicios de la verdad, es decir, para averiguar el paradero de 
desaparecidos y dar satisfacción a las víctimas sin que se persiga a 
nadie por un delito. “La búsqueda de la verdad”, dice la sentencia, “es 
una pretensión tan legítima como necesaria”. Su averiguación corresponde
 al Estado a través de otros organismos, con el concurso de todas las 
disciplinas y profesiones. “Pero no corresponde al juez de instrucción, 
cuya función aparece definida en la ley. Es preciso un hecho con 
apariencia de delito y un posible imputado vivo”. Hasta ahí no hay 
problema. Lo que ocurre es que la sentencia añade otro requisito: que el
 delito del que se trata no tiene que haber prescrito.
Y ahí es donde el efecto de la sentencia es demoledor. Porque todos 
los delitos por niños robados durante el franquismo han prescrito, según
 la interpretación del Supremo, y también la inmensa mayoría de los 
restantes que, según las denuncias, fueron perpetrados hasta 1987. Casi 
todos los procesos por los robos de bebés fueron iniciados con 
posterioridad a 2009, por lo que han transcurrido más de 20 años, que es
 el plazo de prescripción para delitos tan graves como los de detención 
ilegal o secuestro sin dar cuenta del paradero del secuestrado, que 
sería el aplicable a estos casos.
Un sector de los jueces, fiscales y catedráticos de derecho considera
 que ese delito es de carácter permanente, es decir, que el plazo de 
prescripción no empieza a contar mientras el secuestrado no aparezca. 
Sin embargo, la sentencia señala que esa argumentación es “una ficción 
contraria a la lógica jurídica”, porque supondría considerar que ese 
delito se sustrae a las normas de prescripción. Y concluye que “no es 
admisible que un delito ya prescrito sea resucitado en su persecución”.
El caso es que aunque hace un año España haya firmadola 
Convencióncontra las Desapariciones Forzadas, donde se establece el 
carácter continuo o permanente de ese delito, lo que permitiría su 
persecución en este momento, el Supremo destaca que “el instituto de la 
prescripción es una norma de carácter sustantivo y de orden público 
sobre el que actúa el criterio de la irretroactividad salvo en lo 
favorable”.
En este punto habría dos opciones, los casos de los que buscan a sus 
hijos o hermanos, que al haber transcurrido más de 20 años ya habrían 
prescrito y tendrían que ser archivados, y los hijos que se han enterado
 de que son adoptados y buscan a sus padres, en los que el plazo de 
prescripción empezaría a contar desde el momento en que cumplieron 18 
años. Ahí habrá que ver caso por caso si los delitos han prescrito, pero
 es obvio que también serán archivados aquellos casos de aquellos bebés 
que ahora tienen más de 38 años.
Hasta ahora se han denunciado más de 1.500 casos de bebés robados, se
 han abierto tres ataúdes que estaban vacíos y todavía no hay ningún 
imputado. Varios médicos ya han testificado y una monja de la maternidad
 de Santa Cristina se ha negado a declarar.La Fiscalíadel Estado dio 
instrucciones a los fiscales para que se opusieran al archivo de los 
casos de los bebés robados mientras hubiera pesquisas policiales 
abiertas. Todo parece indicar que, salvo casos esporádicos, los robos de
 niños en maternidades en el tardofranquismo yla Transiciónobedecieron a
 la llamada necesidad de “corregir las líneas torcidas de Dios”, es 
decir, compensar a familias cristianas con lo que la naturaleza les 
había negado. Nunca fue una forma de enriquecimiento masivo. La 
sentencia del Supremo pondrá fin a las pesquisas. Les puede parecer 
injusto, pero es la ley. Aunque como decía Montesquieu, “una cosa no es 
justa por el hecho de ser ley. Debe ser ley porque es justa”.
http://politica.elpais.com/politica/2012/03/04/actualidad/1330879283_448187.html

Ahora habrá que seguir luchando mas duro si cabe, nos hemos quedado solos, vamos a tener que seguir solos el camino de las búsquedas, de la reparación de momento no, todo se andará, porque el Estado, la justicia minúscula que tenemos y los jueces herederos de las Leyes Fundamentales del Reino siguen aplicando la ley e interpretándola a favor de todos aquellos que no quieren que se investigue, nos han insultado a las victimas y a los familiares con las “leyes” en la mano.
ResponderEliminarhttp://adoptadosbilbao.blogspot.com/2012/03/tribunal-supremo-garzon-absuelto-no.html
Ahora toca luchar, luchar si tienen fuerzas, no decaer y seguir en la brecha, utilizar todos los recursos que podamos encontrar para sacar a la luz tanto miedo, miseria, crímenes de todo tipo con los vivos y con los muertos, revindicar lo que nos pertenece, la memoria de todos aquellos que cayeron y de nuestros bebés desaparecidos que ahora serán hombres y mujeres, tenemos que encontrarlos, queremos saber y necesitamos reparar nuestras almas y nuestras vidas rotas para siempre, los anhelos del alma no se pueden apagar. Luchemos
ResponderEliminar¿¿Que Juez se atreverá ahora a investigar a las victimas del franquismo??
http://adoptadosbilbao.blogspot.com/2012/03/tribunal-supremo-garzon-absuelto-no.html