La mayoría de los casos de bebés robados deberán ser archivados
José Yoldi. El País, 04-03-2012 - 11 marzo 2012
Un jarro de agua helada sobre la esperanza. La sentencia del Supremo
por la que se ha absuelto a Garzón de haber intentado investigar los
crímenes del franquismo viene con daños colaterales, aunque las víctimas
que se va a cobrar todavía no lo saben.
Seguro que han leído en este periódico la serie Vidas robadas y han
visto en los telediarios las investigaciones sobre sustracciones de
bebés. Pues bien, la mayoría de las investigaciones sobre esos robos de
niños deberán ser archivadas, de acuerdo con la doctrina sentada por la
citada sentencia.
El alto tribunal ha establecido que la ley española no permite
juicios de la verdad, es decir, para averiguar el paradero de
desaparecidos y dar satisfacción a las víctimas sin que se persiga a
nadie por un delito. “La búsqueda de la verdad”, dice la sentencia, “es
una pretensión tan legítima como necesaria”. Su averiguación corresponde
al Estado a través de otros organismos, con el concurso de todas las
disciplinas y profesiones. “Pero no corresponde al juez de instrucción,
cuya función aparece definida en la ley. Es preciso un hecho con
apariencia de delito y un posible imputado vivo”. Hasta ahí no hay
problema. Lo que ocurre es que la sentencia añade otro requisito: que el
delito del que se trata no tiene que haber prescrito.
Y ahí es donde el efecto de la sentencia es demoledor. Porque todos
los delitos por niños robados durante el franquismo han prescrito, según
la interpretación del Supremo, y también la inmensa mayoría de los
restantes que, según las denuncias, fueron perpetrados hasta 1987. Casi
todos los procesos por los robos de bebés fueron iniciados con
posterioridad a 2009, por lo que han transcurrido más de 20 años, que es
el plazo de prescripción para delitos tan graves como los de detención
ilegal o secuestro sin dar cuenta del paradero del secuestrado, que
sería el aplicable a estos casos.
Un sector de los jueces, fiscales y catedráticos de derecho considera
que ese delito es de carácter permanente, es decir, que el plazo de
prescripción no empieza a contar mientras el secuestrado no aparezca.
Sin embargo, la sentencia señala que esa argumentación es “una ficción
contraria a la lógica jurídica”, porque supondría considerar que ese
delito se sustrae a las normas de prescripción. Y concluye que “no es
admisible que un delito ya prescrito sea resucitado en su persecución”.
El caso es que aunque hace un año España haya firmadola
Convencióncontra las Desapariciones Forzadas, donde se establece el
carácter continuo o permanente de ese delito, lo que permitiría su
persecución en este momento, el Supremo destaca que “el instituto de la
prescripción es una norma de carácter sustantivo y de orden público
sobre el que actúa el criterio de la irretroactividad salvo en lo
favorable”.
En este punto habría dos opciones, los casos de los que buscan a sus
hijos o hermanos, que al haber transcurrido más de 20 años ya habrían
prescrito y tendrían que ser archivados, y los hijos que se han enterado
de que son adoptados y buscan a sus padres, en los que el plazo de
prescripción empezaría a contar desde el momento en que cumplieron 18
años. Ahí habrá que ver caso por caso si los delitos han prescrito, pero
es obvio que también serán archivados aquellos casos de aquellos bebés
que ahora tienen más de 38 años.
Hasta ahora se han denunciado más de 1.500 casos de bebés robados, se
han abierto tres ataúdes que estaban vacíos y todavía no hay ningún
imputado. Varios médicos ya han testificado y una monja de la maternidad
de Santa Cristina se ha negado a declarar.La Fiscalíadel Estado dio
instrucciones a los fiscales para que se opusieran al archivo de los
casos de los bebés robados mientras hubiera pesquisas policiales
abiertas. Todo parece indicar que, salvo casos esporádicos, los robos de
niños en maternidades en el tardofranquismo yla Transiciónobedecieron a
la llamada necesidad de “corregir las líneas torcidas de Dios”, es
decir, compensar a familias cristianas con lo que la naturaleza les
había negado. Nunca fue una forma de enriquecimiento masivo. La
sentencia del Supremo pondrá fin a las pesquisas. Les puede parecer
injusto, pero es la ley. Aunque como decía Montesquieu, “una cosa no es
justa por el hecho de ser ley. Debe ser ley porque es justa”.
http://politica.elpais.com/politica/2012/03/04/actualidad/1330879283_448187.html
Ahora habrá que seguir luchando mas duro si cabe, nos hemos quedado solos, vamos a tener que seguir solos el camino de las búsquedas, de la reparación de momento no, todo se andará, porque el Estado, la justicia minúscula que tenemos y los jueces herederos de las Leyes Fundamentales del Reino siguen aplicando la ley e interpretándola a favor de todos aquellos que no quieren que se investigue, nos han insultado a las victimas y a los familiares con las “leyes” en la mano.
ResponderEliminarhttp://adoptadosbilbao.blogspot.com/2012/03/tribunal-supremo-garzon-absuelto-no.html
Ahora toca luchar, luchar si tienen fuerzas, no decaer y seguir en la brecha, utilizar todos los recursos que podamos encontrar para sacar a la luz tanto miedo, miseria, crímenes de todo tipo con los vivos y con los muertos, revindicar lo que nos pertenece, la memoria de todos aquellos que cayeron y de nuestros bebés desaparecidos que ahora serán hombres y mujeres, tenemos que encontrarlos, queremos saber y necesitamos reparar nuestras almas y nuestras vidas rotas para siempre, los anhelos del alma no se pueden apagar. Luchemos
ResponderEliminar¿¿Que Juez se atreverá ahora a investigar a las victimas del franquismo??
http://adoptadosbilbao.blogspot.com/2012/03/tribunal-supremo-garzon-absuelto-no.html