miércoles, 28 de marzo de 2012

“Sin muertos, tampoco hay culpables”

El testimonio de Natividad Rodrigo , hija de dos burgaleses fusilados en septiembre de 1936, evidencia el modo en que el franquismo operaba bajo apariencia de legalidad para incautar los bienes de los desaparecidos. El proyecto ‘Rapiña’, del grupo de trabajo Recuperando la Memoria de Andalucía ha documentado estas prácticas en una iniciativa que sigue abierta a la participación de quienes quieran aportar su testimonio.


27 mar 2012

Perseguir la verdad ha sido una constante en la vida de Natividad Rodrigo (Burgos, 1931). Cuando apenas contaba con 5 años, su madre, embarazada de cinco meses, y su padre, un labrador de Villanueva de Odra, “desaparecieron”. Según las autoridades franquistas, el matrimonio había abandonado a sus tres hijos. Pero en casa sabían la verdad.
“Lo que más rabia me daba era que dijeran que se habían marchado dejando a tres niños pequeños”. Y en el pueblo también conocían lo sucedido, hasta el punto de saber el lugar en el que enterraron a las 18 personas fusiladas aquella noche del 2 de septiembre de 1936, una información que nadie quería proporcionar. “Cuando en 2006 abrimos la fosa donde estaban mis padres enterrados con otros vecinos, nadie decía nada, incluso un primo mío dio una patada en el suelo de rabia cuando la máquina encontró el punto exacto. No querían que abrieran la fosa. Sin muertos, tampoco hay culpables”,relata Natividad, quien además cuenta, por la memoria de su abuela, cómo antes del 18 de julio estaba todo preparado: “Había armas guardadas en el pueblo y, a las afueras, estaban excavadas dos fosas enormes”.
Natividad Rodrigo
Natividad Rodrigo
Para los hermanos Rodrigo Fernández el sufrimiento no terminó con el asesinato de sus padres. Una providencia judicial fechada el 20 de mayo de 1937 requería al padre de Natividad en un proceso de incautación de bienes. Restituto Rodríguez Pérez llevaba ocho meses muerto, pero toda la maquinaria judicial del franquismo se puso en marcha para legitimar el robo de las propiedades que tenían él y su mujer, Natividad Fernández Calvo.
Transcurrido el plazo de diez días para que el afectado por el expolio se personara en el juzgado de incautaciones, el siguiente paso era la petición de informes sobre la conducta de la víctima al alcalde de la localidad, al juez municipal y al párroco, quienes se hacían valer a su vez de testimonios de vecinos. En el caso del padre de Natividad, todos los informes que integran su expediente de incautación -al que ha tenido acceso Memoria Pública- apuntaban en un único sentido: se trataba de un hombre de izquierdas que había participado en una comisión gestora del Ayuntamiento y que asistió a la manifestación del primero de mayo por los derechos de los trabajadores. “En las últimas elecciones votó al Frente Popular”, testimonió un vecino de Villanueva de Odra. “Se mostró contrario al movimiento y se le consideraba afiliado al Partido Socialista”, rezaba el informe de octubre de 1937 del regidor municipal.
De la madre de Natividad, en cambio, los informes decían que se le observó “una conducta irregular con anterioridad al movimiento” pero “sin que se demostrara pertenecer a ningún partido político”. Incluso el juez municipal aseveró en un documento del 22 de octubre de 1937 que Natividad Fernández Calvo “demostró unirse al movimiento”. Pero estas consideraciones llegaron más de un año después del asesinato de la pareja, el 2 de septiembre de 1936. Ese día ella llevaba “un vestido fino de fiesta”, y él “un traje de paño fino, boina y calzaba zapatos”, según el escrito del juez municipal que certificaba la desaparición de ambos.
Los abuelos de Natividad con sus hijos e hijas.
Los abuelos de Natividad con sus hijos e hijas.
Los abuelos de Natividad con sus hijos e hijas.
Agotado el procedimiento, que incluía la tasación de todos los bienes del afectado – en este caso se valoraron en 1.279 pesetas e incluían una casa, varias fincas, un huerto y todo tipo de enseres – se procedió al embargo en 1939. “Se lo dieron todo al marido de una tía mía que se afilió a Falange”, recuerda Natividad. El mismo hombre que se oponía a retirar la tierra encima de sus padres. A pesar de la incautación, esta burgalesa no cejó en su empeño de recuperar el nombre y las propiedades de sus progenitores. “Ellos no habían desaparecido, les habían matado”, vuelve a insistir, dejando claro que fue su perseverancia lo que la condujo, en 1956, a recuperar sus pertenencias cuando su primo se dispuso a venderlas. “Nos dieron una parte del dinero de la venta”, aclara Natividad.
ENTRAMADO JURÍDICO DEL ROBO
“Los rojos no solo perdieron la vida o la libertad, también sus bienes”. Bajo esta premisa arranca el proyecto ‘Rapiña’, la iniciativa de un grupo de investigadores pertenecientes a una asociación andaluza de memoria que está documentando las prácticas de pillaje, incautaciones, robos y expolios de bienes a ciudadanos durante la represión franquista.
El Grupo de Trabajo Recuperando la Memoria de la Historia Social de Andalucía (CGTA) ha buceado en el entramado jurídico que posibilitaba estas prácticas. Cecilio Gordillo, uno de sus integrantes, explica que se trata de una iniciativa abierta a la participación de quienes puedan aportar su testimonio.
La arquitectura legal que dio cobertura a estos expolios comenzó, en todo el Estado, con la Comisión Central de Incautaciones, creada el 10 de enero de 1937, de la que dependían las comisiones provinciales, presididas por gobernadores civiles. El nuevo estado franquista “se benefició de todos los procesos de incautación que se siguieron contra partidos políticos, sindicatos, colectivos sociales y personas”, subraya el CGTA. La posterior ley de Responsabilidades Políticas, de febrero de 1939, continuó el proceso de represión económica, estableciendo que “todas las condenas conllevaban sanción pecuniaria y, en caso de fallecimiento, ésta recaía sobre la familia”, explica el Grupo de Trabajo. Una estructura de 60 juzgados posibilitó la aplicación de la norma.
En 1941 ya había más de 114.000 expedientes, una cifra que, según estima el CGTA, pudo alcanzar el cuarto de millón a finales de ese mismo año. El colapso administrativo obligó a reformar la ley “suavizando los supuestos de responsabilidad y restructurando la jurisdicción para agilizar los trámites”.

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