El Fiscal del Tribunal Constitucional eleva un recurso de súplica
para que la máxima instancia constitucional atienda el recurso de amparo
de la familia de dos víctimas de la Guerra Civil en el mausoleo
dedicado al dictador Francisco Franco
Público, - 29 diciembre 2013
La lucha de María Purificación Lapeña por sacar del Valle de los Caídos a su abuelo Manuel Lapeña y a su tío abuelo Ramiro Lapeña ha abierto un nuevo resquicio de esperanza a las miles de familias que esperan poder sacar a sus familiares del Valle de los Caídos, donde 37 años después de la muerte de Franco sigue habiendo, al menos, 33.847 víctimas de la Guerra Civil, de las que unas 12.000 estarían sin identificar. El camino hacia la exhumación, la constatación de la muerte violenta, la identificación de los restos y la entrega a sus familiares se divisa aún largo y lleno de dificultades, pero en opinión del letrado “está ahora mucho más cerca”. “Hemos dado un paso muy importante para la reparación de las víctimas”, asevera letrado Eduardo Ranz, en declaraciones a Público.
Esta pequeña rendija de esperanza ha sido abierta por el recurso de súplica presentado por el Fiscal del Tribunal Constitucional Manuel Miranda Estrampes, que defiende que el recurso de amparo presentado por el letrado Eduardo Ranz ante el Tribunal Constitucional debe ser admitido. Ranz y Lapeña acudieron el pasado 20 de noviembre de 2012 al Juzgado de Instrucción número 1 de San Lorenzo de El Escorial donde solicitaron la exhumación de las dos víctimas. Tanto este Juzgado como la Audiencia Provincial de Madrid resolvieron sobreseer la causa al entender que los crímenes ya estaban prescritos en aplicación de la Ley de Amnistía.
Fue entonces cuando el letrado Ranz presentó un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional donde alegó la ausencia de una tutela judicial efectiva en España para las víctimas de la Guerra Civil y sus familiares, el deber incumplido de los juzgados de investigar las desapariciones forzadas, la vulneración de la dignidad de las víctimas y la, a su juicio, errónea interpretación de los tribunales de la Ley de Aministía, que fue aprobada para permitir la liberación de los presos políticos y no para blindar la impunidad de los responsables de los crímenes franquistas.
Así, el Fiscal Miranda plantea que dada “la especial transcendencia constitucional” y la “repercusión social” de las demandas de justicia, verdad y reparación de los familiares de las víctimas de la Guerra Civil, el máximo órgano constitucional debe aceptar el recurso de Ranz y sugiere la idoneidad de comenzar una investigación de todas las cuestiones relacionadas con las desapariciones forzadas durante la Guerra Civil, incluyendo las circunstancias que dieron lugar a la muerte de las víctimas, los responsables de las mismas y la reparación de los familiares.
El Fiscal asegura que el TC nunca ha tenido la oportunidad de valorar la validez de la Ley de Amnistía como una ley de “punto final” En el recurso de súplica presentado, el Fiscal asegura que el Tribunal Constitucional nunca ha tenido la oportunidad de valorar la validez de la Ley de Amnistía como una ley de “punto final” ni los efectos que puede tener sobre el deber de los tribunales de realizar una “investigación judicial efectiva de hechos delictivos y su conexión con el derecho a la tutela judicial efectiva”. Asimismo, el Fiscal menciona la reiterada doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de “investigar las denuncias de torturas u otros tratos crueles”. Por último, el Fiscal también hace referencia en su escrito a las Observaciones Preliminares del Grupo de Trabajo de la ONU que hizo constar que en muchos casos de desapariciones forzadas “ha notado una ausencia total de análisis de la compatibilidad de la normativa y práctica interna española con las obligaciones internacionales del Estado”.
Posibles consecuencias
El recurso presentado por el Fiscal no tiene precedentes hasta la fecha. No obstante, la presentación de este escrito por parte del Ministerio Público no asegura nada. En los próximos meses, el Tribunal Constitucional debe reunirse, a puerta cerrada, para deliberar sobre la idoneidad o no de admitir el recurso del Fiscal. En el caso de que el Tribunal Constitucional rectifique y admita el recurso se abre un abanico de tres posibilidades. “Es difícil saber qué pasaría en ese momento ya que es una situación que nunca se ha dado hasta el momento”; asegura Raz.
De esta manera, la primera de las posibilidades sería que el Tribunal Constitucional obligue al Juzgado de Instrucción Nº 1 de San Lorenzo de El Escorial a reabrir la causa con los nuevos criterios. La segunda opción consistiría en que el propio TC ordene la exhumación de las víctimas y, por último y más improbable, que la posible sentencia del TC a favor de la demandante contradijera la sentencia a este respecto del Tribunal Supremo en el llamado ‘caso Garzón’, y se reabriera la causa que abrió el magistrado, ahora inhabilitado por las escuchas de la Gürtel.
No obstante, el letrado Ranz asegura que la consecuencia más importante de una posible sentencia del TC a su favor sería que “se constituiría un precedente jurídico” que serviría para que el resto de familias que acrediten tener a sus familiares en el Valle de los Caídos pudieran comenzar un procedimiento judicial que finalizara con la exhumación de las víctimas.
Contacto para víctimas
Todas las familias que tengan un familiar enterrado en el Valle de los Caídos y quieran abrir un procedimiento judicial para su exhumación e identificación pueden contactar con el letrado Eduardo Ranz a través del correo electrónico eduardoranz@icam.es
http://www.publico.es/491834/se-abre-una-puerta-para-la-exhumacion-de-las-victimas-en-el-valle-de-los-caidos
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