viernes, 21 de noviembre de 2014

Una víctima de Franco recurre a la vía civil para recuperar a sus familiares del Valle de los Caídos

Se trata de la primera vez que una víctima del franquismo argumenta este cauce


valle caídos lago
Valle de los caídos

 Público, 20 noviembre 2014
El auto que resolvió las dudas planteadas por Garzón en el caso de las fosas del franquismo podría ser una de las claves que permitan exhumar en la fosa más grande de España
PATRICIA CAMPELO Madrid 20/11/2014 Purificación Lapeña acumula dos años de fracasos judiciales. En el caso por el que trata de recuperar del Valle de los Caídos los restos de su abuelo, Manuel Lapeña Altabás, y de su tío abuelo, Antonio Ramiro, —trasladados allí en 1959 sin consentimiento familiar— ha visto cómo se le cerraban las puertas del juzgado de instrucción, de la Audiencia Provincial, del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).
Pero no desiste, y el siguiente paso que alega su defensa es el de reclamar por la vía civil la exhumación de sus familiares en el recinto de Cuelgamuros.
Se trata de la primera vez que una víctima del franquismo argumenta este cauce para presentar una demanda de esta tipología. Y una de las claves para hacer efectivo el recurso que Lapeña, junto con su abogado Eduardo Ranz, presenta este jueves, 20 de noviembre, en el juzgado de primera instancia de San Lorenzo de El Escorial la aporta el auto del Tribunal Supremo que resolvió la cuestión de competencia respecto al caso de las fosas del franquismo abierto por Baltasar Garzón. Dicho auto fue publicado en marzo de 2012, justo después de la inhabilitación del juez de la Audiencia por el caso de las escuchas de la trama Gürtel —por la causa del franquismo quedó absuelto—.
El texto resolvió que la competencia para investigar y abrir diligencias en el caso de las fosas de Franco correspondía a los juzgados territoriales a los que perteneciera cada enterramiento, cerrando la vía a la investigación penal relacionada con estos crímenes. Asimismo, el auto del Supremo menciona la vía contencioso – administrativa y la vía civil e hizo referencia a los casos de la fosa del poeta Federico García Lorca en Granada y al Valle de los Caídos.
“El cauce penal lo hemos agotado completamente: el caso de Purificación nació jurídicamente en el Juzgado de Instrucción de San Lorenzo de El Escorial, fue desestimado y recurrido después ante la Audiencia Provincial, que lo archivó”, enumera Ranz sobre un periplo judicial que continuó en el Constitucional, con una inadmisión por “cuestiones formales” y en contra del informe positivo del fiscal Miranda, y en el TEDH Estrasburgo, donde fue inadmitido por tres motivos falsos.
“La vía contencioso-administrativa tiene el problema de abonar tasa judicial, así como un riesgo importante de condena de las costas del abogado del Estado que represente a España”, puntualiza el letrado de Lapeña. “Y la vía Civil es la que vamos a arrancar este jueves en San Lorenzo de El Escorial”, concluye Ranz sobre el cauce escogido.
‘Perpetua memoria’ y Pacto Internacional de Derechos Civiles
Otra de las claves de esta nueva demanda en el caso Lapeña se contempla en las tesis de la información a perpetua memoria, recogida en la Ley de Enjuiciamiento Civil para casos de “reconocida importancia” e incluida también en la doctrina del Supremo de marzo de 2012. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ratificado por España en abril de 1977, sustenta otro de los argumentos jurídicos, en este caso “a efectos de garantizar el proceso y el derecho a ser oído ante un Tribunal que determine los derechos de carácter civil”, aclara Ranz.
Es la primera vez que una víctima del franquismo utiliza este cauce para estas demandas
Asimismo, la defensa invoca la declaración sobre principios fundamentales de justicia para víctimas de delitos y de abuso de poder, establecida por Naciones Unidas en 1985. Dicho criterio defiende la restitución a las víctimas y a sus allegados, “compensando el daño sufrido, no necesariamente un daño económico, sino moral, que las víctimas arrastran desde hace décadas”, según el texto de la demanda al que ha tenido acceso Público. “En el caso que nos ocupa, es innegable que los familiares de Manuel y Ramiro no han tenido la oportunidad de ser compensados por el daño sufrido”.
Con estos alegatos, la demandante busca lograr una orden de entrega de los restos de su abuelo y de su tío y la “debida inscripción ante el Registro Civil”. Para las labores de exhumación, la demanda solicita que se realicen con el auxilio del Instituto nacional de Toxicología, clínicas forenses o personal técnico de los cuerpos de seguridad o universidades que puedan aportar “informes periciales”.
Manuel Lapeña fue detenido a las afueras de Villarroya de la Sierra (Zaragoza) el 27 de julio de 1936 y trasladado al barranco de La Bartolina, donde fue fusilado. Su hermano Antonio Ramiro, “tras recibir el aviso de que la Guardia Civil venía a detenerle, se echó al monte, y en octubre se entregó a la autoridad, procediendo ésta a su ejecución el día 20. Sus restos fueron arrojados a la fosa común del cementerio de Calatayud”, según se detalla en la demanda. Manuel era inspector veterinario de Villarroya y pueblos aledaños y Ramiro ejercía de herrero. Los restos de ambos hermanos llegaron al Valle de los Caídos el 8 de abril de 1959, según consta en el registro de inhumaciones de la abadía Benedictina que rige el recinto.
Presentación de la demanda: el 20-N
La fecha escogida para interponer la demanda en el juzgado de El Escorial no ha sido casualidad, ya que el 20 de noviembre, además del simbolismo del aniversario de la muerte del dictador, enterrado en el mismo recinto con sus víctimas, “se cumplen dos años del camino iniciado también en San Lorenzo de El Escorial, pero por la vía penal”, aclara Ranz sobre un cauce ya cerrado para las víctimas del franquismo.

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